La aclaración del SAT elimina la necesidad de la CSF para emitir CFDI, evitando multas.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha confirmado que no es necesario presentar la Constancia de Situación Fiscal (CSF) para emitir facturas electrónicas (CFDI). Solo se requieren datos como la clave de RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal. Condicionar la emisión de facturas a la entrega de la CSF es considerado una infracción, con multas que oscilan entre 21 mil 420 y 122 mil 440 pesos. Además, los empleadores no deben solicitar la CSF para el timbrado de nómina, ya que pueden obtener información necesaria de otras maneras. La CSF no es obligatoria y solo se actualiza cuando el contribuyente realiza cambios en su situación fiscal.

