Ciudad de México. – El año 2026 traerá consigo siete días de descanso oficial para los trabajadores en México, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. Estas fechas ofrecen oportunidades para la celebración, el descanso y el esparcimiento a lo largo del año.
Los días festivos obligatorios incluyen el 1 de enero (Año Nuevo), el 2 de febrero (Día de la Constitución, conmemorando el 5 de febrero), el 16 de marzo (Natalicio de Benito Juárez, en lugar del 21 de marzo), el 1 de mayo (Día del Trabajo), el 16 de septiembre (Día de la Independencia), el 16 de noviembre (Día de la Revolución Mexicana, en sustitución del 20 de noviembre) y el 25 de diciembre (Navidad).
La legislación laboral establece que los empleados que deban trabajar en estas fechas tendrán derecho a una compensación económica adicional, ya sea pago doble o triple, según lo determine la normativa vigente.
Adicionalmente, existen otras fechas no oficiales que tradicionalmente implican la suspensión de actividades escolares y laborales. Entre ellas se encuentran Jueves Santo y Viernes Santo (2 y 3 de abril), Día de Muertos (2 de noviembre), Día de la Virgen de Guadalupe (12 de diciembre) y un feriado local en la Ciudad de México el 11 de junio, con motivo de la inauguración del Mundial 2026.
Los periodos vacacionales escolares también suman importantes lapsos de descanso. Las vacaciones de invierno 2025-2026 se extenderán del 22 de diciembre de 2025 al 9 de enero de 2026. Posteriormente, la Semana Santa abarcará del 30 de marzo al 13 de abril, tiempo durante el cual se suspenderán las clases.
Estos periodos vacacionales, especialmente las más de dos semanas de descanso invernal y los puentes de Semana Santa, permitirán a estudiantes, docentes y familias planificar viajes y actividades recreativas. Se anticipa que los destinos de playa y los pueblos mágicos serán de gran afluencia, por lo que se recomienda organizar las salidas con antelación.
