El Congresista
Guerrero

La Suprema Corte invalida cobros diferenciados a trabajadoras sexuales en Oaxaca

La Suprema Corte invalidó cobros diferenciados a trabajadoras sexuales en Oaxaca, reafirmando la igualdad y no discriminación en servicios de salud.

Por Redacción1 min de lectura
Compartir
Compartir esta nota

La Corte estableció que cobrar tarifas distintas por servicios de salud según el lugar de trabajo viola principios de igualdad y no discriminación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió invalidar en el ejercicio fiscal 2025 las disposiciones de la Ley de Ingresos del municipio de Oaxaca de Juárez que establecían tarifas diferenciadas para personas trabajadoras sexuales que accedían a servicios médicos municipales. La decisión responde a que tales cobros vulneraban los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, especialmente en materia de salud.

La controversia surgió por una tarifa variable según el lugar donde ejerciera la actividad laboral la persona, ya sea en un establecimiento, en un domicilio o en otros espacios. Esta diferenciación, además de ser discriminatoria, no respondía a una justificación objetiva y razonable, lo cual fue considerado inconstitucional por los ministros que analizaron el caso.

El ministro Irving Espinosa, quien elaboró el proyecto en la discusión, resaltó que las tarifas deberían ser iguales para quienes reciben atención similar, sin importar el contexto o el lugar de trabajo. La impugnación fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que alertó sobre la estigmatización y la exclusión que generaba la legislación local.

Este fallo se inscribe en un contexto más amplio en el que los juzgados y tribunales mexicanos continúan señalando la importancia de garantizar la igualdad en el acceso a derechos fundamentales, especialmente para grupos vulnerables. La decisión refleja un compromiso con el respeto a los derechos humanos y la lucha contra prácticas discriminatorias en las políticas públicas.

Es relevante destacar que el tratamiento equitativo en salud pública es un pilar de las democracias modernas, y este caso ejemplifica cómo la jurisprudencia puede impulsar reformas que aseguren la protección efectiva de todos los ciudadanos, sin segmentaciones injustificadas.

¿Te gustó esta nota?
Compartir esta nota