El Congresista
Chihuahua

El Senado cuestiona su facultad para citar a gobernadores en seguridad

Un nuevo análisis cuestiona si el Senado puede citar a gobernadores sobre operativos de seguridad federales, destacando el papel de las autoridades federales.

Por Redacción1 min de lectura
Un nuevo posicionamiento plantea la improcedencia de citar autoridades estatales por operativos federales.
Un nuevo posicionamiento plantea la improcedencia de citar autoridades estatales por operativos federales.
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Ciudad Juárez, Chihuahua. – La discusión sobre la autoridad del Senado para citar a gobernadores o fiscales estatales ha cobrado protagonismo. Un reciente posicionamiento en redes sociales argumenta que la responsabilidad de los operativos de seguridad coordinados con el Ejército y la Guardia Nacional recae en las instituciones federales.

El posicionamiento se basa en la interpretación de varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El artículo 76 delimita las facultades del Senado, señalando que no se contempla la citación de autoridades estatales, mientras que el artículo 93 enfoca el control político del Congreso sobre funcionarios federales.

En el contexto de operativos de seguridad, cuando las acciones involucran a fuerzas armadas, la responsabilidad también se considera a nivel federal. Este marco legal sostiene que el narcotráfico, delito federal, debe ser abordado por la Fiscalía General de la República (FGR) y otras entidades relacionadas, en lugar de gobernadores que no dirigen dichas operaciones.

A nivel institucional, el argumento se refuerza al mencionar que citar a un gobernador o fiscal estatal podría vulnerar el principio del pacto federal. Esta norma exige respeto a las competencias de cada entidad, donde la federación tiene un rol preponderante en la seguridad nacional, y los estados colaboran sin dirección sobre operaciones federales.

La conclusión del análisis señala que cualquier requerimiento de información debe dirigirse a las autoridades federales responsables, manteniendo así el equilibrio requerido por el pacto federal. La función de control político del Senado se debe ejercer, pero dentro del marco constitucional que limita su alcance a las entidades federales.

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