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Finanzas

Colegio de Contadores advierte sobre vencimiento de pagos tributarios

El Colegio de Contadores de México recuerda los pagos tributarios que vencen el 30 de septiembre y sus implicaciones.

Por Juan Tovar1 min de lectura
El cumplimiento a tiempo de obligaciones fiscales evita intereses y sanciones.
El cumplimiento a tiempo de obligaciones fiscales evita intereses y sanciones.
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Ciudad de México. - El Colegio de Contadores Públicos de México hizo un llamado a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales, ya que el próximo 30 de septiembre se vencen varios pagos importantes. El cumplimiento de estas obligaciones es crucial para evitar la generación de intereses y sanciones adicionales.

Uno de los principales pagos que deberán realizar los contribuyentes es el segundo pago parcial del Impuesto sobre la Renta, cuya fecha límite es el último miércoles de septiembre. Este impuesto considera las utilidades y, si no se paga a tiempo, puede generar intereses que se calculan con base en la tasa fijada por el Banco de México, que actualmente es del 1% mensual, hasta un máximo del 20% del impuesto no pagado.

Además, se recuerda el vencimiento del pago de las patentes municipales, correspondiente al tercer trimestre, que abarca el periodo de julio a septiembre. Este requisito es aplicable tanto a personas físicas como morales que operan en actividades comerciales, industriales o de servicios.

El impuesto sobre bienes inmuebles, que grava terrenos y edificaciones, también debe ser considerado por los contribuyentes, ya que su pago correspondiente a este trimestre debe completarse antes del 30 de septiembre.

Francisco Ovares, presidente del Colegio de Contadores Públicos, enfatizó la importancia de realizar estos pagos a tiempo. “Es fundamental evitar cargos por intereses o sanciones que puedan perjudicar la continuidad de las actividades comerciales”, afirmó Ovares.

Los contribuyentes tienen la opción de realizar estos pagos a través de la plataforma de Tribu-CR en el apartado de “cuenta tributaria” o en entidades financieras autorizadas. Se recomienda verificar los plazos y métodos de pago establecidos por cada municipalidad para asegurar el cumplimiento a tiempo.

Con información de observador.cr

Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial a partir de fuentes citadas. Responsabilidad editorial: Redacción de El Congresista. ¿Detectaste un error? Repórtalo.

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