Ciudad de México, CDMX. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el martes la sanción de pérdida de registro o cancelación de candidaturas en el estado de Chihuahua por infringir normas relacionadas con la delincuencia. La decisión se tomó por mayoría de votos y afecta a quienes se beneficiaron de actos violentos que alteraron el proceso electoral.
Los ministros señalaron que la reforma aprobada en julio pasado, que contemplaba estas sanciones, violó el principio de proporcionalidad establecido en la Constitución. Argumentaron que la legislación no permitía individualizar las sanciones, contraviniendo lo dispuesto en el marco legal del país.
Con el voto en contra de la ministra Yasmín Esquivel, los magistrados enfatizaron que las propuestas no lograban determinar si las sanciones eran proporcionales a las acciones específicas cometidas. Además, concluyeron que el mero beneficio obtenido de actos ilegales no debería generar responsabilidad administrativa sin pruebas directas de involucramiento.
La SCJN también declaró inválidos aspectos que regulaban las causales de nulidad electoral por nepotismo o injerencia extranjera. En un análisis más amplio, los ministros invalidaron el modelo de acción afirmativa para personas con discapacidad y de la diversidad sexual en candidaturas, considerándolo insuficiente y generalista, al tratar ambos sectores como un solo grupo.
Consecuentemente, el Congreso de Chihuahua deberá legislar nuevas normas ante estas decisiones, aunque no aplicarán para el nuevo proceso electoral que comienza el 1 de octubre. También se invalidaron disposiciones que limitaban las facultades interpretativas del órgano electoral local.
Con información de elfinanciero.com.mx

