Multa y sanción al alcalde de San Felipe, Yucatán, por obstaculizar solicitudes

Redacción
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Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán impone segunda multa por negar información a regidores

El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) resolvió en sesión pública los juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificados con las claves JDC-046/2025 y JDC-047/2025, según informó un boletín oficial. Estos recursos legales fueron acumulados y promovidos por dos regidores del Ayuntamiento de San Felipe, quienes denunciaron actos y omisiones por parte de las autoridades municipales que, a su juicio, vulneran su derecho al ejercicio del cargo.

Los regidores alegaron que se les negó la recepción de escritos que solicitaban información relativa a la cuenta pública de los ejercicios fiscales 2024 y 2025. Esta situación representa una afectación directa a sus funciones como integrantes del Cabildo, al impedirles acceder a información esencial para el cumplimiento de sus responsabilidades. La negativa a recibir sus solicitudes fue confirmada por la propia autoridad responsable, lo que fue considerado por el Tribunal como una violación al derecho de petición.

El magistrado presidente del TEEY, Fernando Javier Bolio Vales, analizó el expediente y consideró fundados los agravios. La acreditación de que las solicitudes no fueron formalmente recibidas por la autoridad municipal evidenció una omisión que afecta el ejercicio efectivo del cargo de los regidores. Esta conducta, además de vulnerar el derecho de petición, impacta directamente en su derecho político-electoral a ser votados y a desempeñar sus funciones de manera plena.

El Tribunal recordó que los mismos regidores ya habían promovido previamente los juicios JDC-040/2025 y JDC-041/2025, los cuales fueron acumulados en estos procesos. En esas ocasiones, el TEEY determinó que también fueron obstaculizados en el ejercicio de sus funciones, imponiendo al presidente municipal una multa de 100 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) como medida de sanción y de apremio.

Dada la reiteración en la conducta, el Tribunal consideró que se configuró la reincidencia, conforme a lo establecido en el artículo 390 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán. En consecuencia, se resolvió imponer al alcalde de San Felipe una segunda multa por un monto equivalente a 100 UMAS, vigentes al momento de la resolución.

Además, ordenó a las autoridades responsables que reciban de manera formal las solicitudes de información presentadas por los regidores y entreguen la documentación requerida de forma completa y conforme a lo solicitado. La decisión busca garantizar el derecho de los regidores a acceder a información pública y a ejercer sus funciones con transparencia.

Con esta resolución, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán reafirma su compromiso con la protección del ejercicio de los cargos públicos de elección popular. Además, busca asegurar que las autoridades municipales respeten los derechos político-electorales en un marco de legalidad, transparencia y responsabilidad institucional, en línea con los principios democráticos que rigen el Estado.

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