Ciudad de México. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado la constitucionalidad de las reformas a la carrera magisterial promovidas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador. La decisión responde a una acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que argumentaba omisiones legislativas y tratos preferenciales injustificados.
La CNDH había señalado que diversos artículos de la ley delegaban en exceso la regulación a la Secretaría de Educación Pública (SEP), permitiendo que programas y lineamientos emitidos por esta secretaría sustituyeran la intervención del legislador, lo cual consideraba contrario a la Constitución.
Asimismo, la Comisión objetó que ciertos artículos otorgaban un trato preferencial a egresados de Escuelas Normales Públicas, la Universidad Pedagógica Nacional y Centros de Actualización del Magisterio, argumentando una ruptura del principio de igualdad.
Sin embargo, la Corte sostuvo que los artículos 44 y 64 de la ley son constitucionales, ya que cumplen con el mandato de la reforma educativa de 2019 al establecer las bases esenciales del sistema de promoción horizontal en educación básica. El ministro Irving Espinoza Betanzo explicó que el legislador fijó los elementos mínimos y criterios sustantivos, facultando a la SEP para desarrollar los aspectos técnicos mediante programas específicos.
Respecto a los artículos 35, 39 y 40, la Corte determinó que las normas no establecen distinciones basadas en categorías
