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San Luis Potosí prohíbe terapias de conversión con penas de hasta seis años

San Luis Potosí aprueba reformas que criminalizan las terapias de conversión, imponiendo penas de hasta seis años, en un avance por los derechos de la comunidad LGBT+.

Por Redacción1 min de lectura
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El estado se suma a una tendencia que busca garantizar los derechos de las personas y prevenir daños por prácticas que consideran violaciones a la libertad y dignidad. El Congreso de San Luis Potosí aprobó de manera unánime reformas legales que criminalizan las terapias de conversión, también conocidas como ECOSIG, con penas que van desde dos hasta seis años de cárcel y multas económicas. Esta decisión fue resultado de un intenso proceso legislativo que incorpora una perspectiva de derechos humanos, en respuesta a la evidencia científica que señala los daños que estas prácticas pueden causar en la salud mental y emocional de las personas afectadas. La normativa establece que promover, aplicar o financiar estos tratamientos será considerado delito, especialmente cuando involucran a menores de edad, personas con discapacidad o en situaciones de vulnerabilidad, y cuando se aprovechan relaciones de autoridad o subordinación, como en el caso de tutores, docentes o profesionales de la salud. Además, se prevé la suspensión del ejercicio profesional para quienes participen en estas prácticas, además de sanciones adicionales si las conductas se cometen en contextos de poder o con uso de violencia. La aprobación de estas reformas refleja un avance importante en la protección de los derechos de la comunidad LGBT+ y en la erradicación de prácticas nocivas que históricamente han generado daños profundos en la salud y bienestar de las personas. La medida se une a las decisiones a nivel federal e internacional, en un marco global que considera estas terapias como violaciones a la dignidad y los derechos humanos.

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