Monterrey, Nuevo León. – El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un recordatorio para que todos los contribuyentes en México habiliten y actualicen su Buzón Tributario antes del 31 de diciembre de 2025. El incumplimiento de esta disposición podría acarrear multas económicas.
El Buzón Tributario es un canal electrónico esencial para la comunicación segura entre el SAT y los contribuyentes. A través de él, se notifican actos administrativos, se envían requerimientos, se solicitan promociones y se reciben respuestas a diversos trámites fiscales, optimizando así la agilidad de los procesos.
La obligación de contar con el Buzón Tributario aplica a todas las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), incluyendo tanto a individuos con actividad económica como a empresas con operaciones vigentes ante la autoridad fiscal. El SAT lo considera el canal formal de notificación, por lo que no tenerlo activo puede llevar a incumplimientos involuntarios si no se atienden los avisos correspondientes.
Existen excepciones para la obligatoriedad. Las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con actividades suspendidas, así como las personas morales que hayan suspendido sus actividades ante el RFC, pueden habilitarlo de forma opcional mientras mantengan dicha situación. Sin embargo, el uso se vuelve obligatorio al realizar trámites que lo requieran, al emitir o recibir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingresos o nómina en los últimos 12 meses, o al participar en procedimientos fiscales.
Las sanciones por no habilitar o actualizar el Buzón Tributario pueden ser significativas. Las multas, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, oscilan entre los 3 mil 850 y los 11 mil 540 pesos. Es obligatorio registrar al menos dos medios de comunicación: un número de teléfono celular y uno o más correos electrónicos (hasta un máximo de cinco).
