Ciudad de México, Nacional. – El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advierte que a partir del 1 de enero de 2026, los contribuyentes que no mantengan activo y actualizado su Buzón Tributario podrían enfrentar multas de hasta 11,540 pesos. Esta obligación, vigente desde 2020, es crucial para la comunicación oficial entre la autoridad fiscal y las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
El Buzón Tributario es el canal oficial para recibir notificaciones, realizar trámites y dar cumplimiento a requerimientos del SAT. Su habilitación y actualización permanente son mandatorias, según lo estipulado en el artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF).
La omisión o actualización incorrecta de los datos de contacto, como correo electrónico y número de teléfono móvil, se considera una oposición a la notificación, facultando al SAT a enviar actos administrativos sin que el contribuyente pueda alegar desconocimiento. Las sanciones por incumplimiento, detalladas en los artículos 86-C y 86-D del CFF, oscilan entre 3,850 y 11,540 pesos.
Para activar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben ingresar al portal del SAT, iniciar sesión con su Contraseña o e.firma, y registrar al menos un correo electrónico y un número de teléfono móvil. La confirmación se realiza a través de un enlace o código SMS.
Existen excepciones para ciertos contribuyentes. Aquellos que obtuvieron ingresos por salarios o asimilados menores a 400,000 pesos en el ejercicio anterior, personas físicas sin obligaciones fiscales o suspendidas, y personas morales con situación fiscal suspendida, pueden habilitarlo voluntariamente. Sin embargo, esta exención no aplica si hay trámites en curso o si se han emitido o recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses.
Esta medida se enmarca en la tendencia del SAT hacia la digitalización total de las comunicaciones fiscales, subrayando la importancia de mantener actualizados los datos de contacto para evitar repercusiones legales y económicas.
