El Congresista
Nacional

La pensión del IMSS con Ley 73 puede ser embargada solo en casos de deudas alimenticias

Las pensiones del IMSS bajo Ley 73 solo pueden ser embargadas en casos de deudas alimenticias, con un límite del 50%, tras una orden judicial.

Por Redacción2 min de lectura
Compartir
Compartir esta nota

Aunque las prestaciones del IMSS generalmente son inembargables, existen excepciones cuando se trata de obligaciones alimenticias certificadas por un juez, con un límite del 50% del monto mensual.

Las prestaciones económicas otorgadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como pensiones y subsidios, gozan de protección legal contra embargos, con el objetivo de salvaguardar la estabilidad financiera de los pensionados. Este principio, establecido en la legislación, impide que los créditos comunes, préstamos o adeudos comerciales puedan descontar recursos directly de estas prestaciones. Sin embargo, una excepción significativa existe en casos donde el pensionado tiene obligaciones de carácter alimenticio. En esas circunstancias, un juez puede autorizar un embargo parcial de hasta la mitad del ingreso mensual, siempre que exista una orden judicial que valide la deuda y la obligación alimenticia incumplida. Además, las personas que cotizan bajo la Ley 97 y mantienen fondos en sus cuentas individuales de Afore no están sujetas a embargos sobre sus ahorros para retiro, incluyendo las cuentas de cesantía en edad avanzada y vejez, protegiendo así sus recursos durante toda la vida laboral. Este sistema de protección legal busca equilibrar los derechos del trabajador y la protección de sus recursos, resaltando que los fondos voluntarios y en algunos casos las aportaciones adicionales, pueden estar sujetas a reclamaciones externas. Es importante destacar que la variedad de pensiones y modalidades existentes en el IMSS —como las de vejez, incapacidad, orfandad o viudez— cuentan con normativas específicas que permiten su protección en medio de posibles conflictos legales.

El conocimiento de estas reglas resulta fundamental para los asegurados y pensionados, tanto para comprender sus derechos como para evitar malentendidos ante posibles reclamaciones judiciales, especialmente en casos de deudas que puedan afectar sus ingresos futuros. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y el IMSS ofrecen canales de atención para resolver dudas respecto a cobros o aclaraciones sobre beneficios y requisitos, facilitando el acceso a la información y respaldando el derecho de los pensionados a una protección legal adecuada.

La regulación vigente refleja una importante protección constitucional, asegurando que los recursos destinados a la etapa de retiro no puedan ser arbitrariamente retenidos, salvo en situaciones específicas legalmente establecidas, que incluyen, principalmente, obligaciones de pago por alimentos y respaldadas por una orden judicial.

¿Te gustó esta nota?
Compartir esta nota