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La Corte exenta a beneficiarios de Afore del pago de ISR

La Suprema Corte exime a beneficiarios de cuentas Afore de pagar ISR tras fallecimiento de trabajadores.

Por Redacción2 min de lectura
La decisión impacta a beneficiarios de cuentas Afore tras fallecimiento de trabajadores.
La decisión impacta a beneficiarios de cuentas Afore tras fallecimiento de trabajadores.
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La Suprema Corte de Justicia decidió que los beneficiarios de cuentas Afore no deberán pagar Impuesto sobre la Renta (ISR) tras recibir fondos de un trabajador fallecido. Esta resolución se tomó en una votación de seis a tres.

Datos clave

  • Cuándo: 18 de octubre de 2023.
  • Qué: La Corte exime de ISR a beneficiarios de cuentas Afore.
  • Cómo: Se votó seis a tres en la SCJN.
  • Quiénes: Decisión tomada por los ministros de la Corte.
  • Dónde: México.

La mayoría de los ministros que apoyaron la exención resaltaron que es inconsistente aplicar el ISR a los fondos de Afore, mientras que no se gravan herencias provenientes de otras cuentas. Esta decisión se enmarca en un debate más amplio sobre la justicia social y el tratamiento de los impuestos en el país.

Hugo Aguilar, presidente de la Corte, mencionó que la situación es insostenible, ya que grandes cantidades de dinero heredado no están sujetas a impuestos, mientras que los recursos de Afore sí. Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel argumentó que existe una desigualdad en el tratamiento de los beneficiarios, dado que aquellos que designan beneficiarios a través de un testamento estarán exentos, mientras que otros no.

¿Cuál fue la controversia en la Corte?

La resolución originó de un proyecto que buscaba recaudar ISR de los beneficiarios de Afore. Este planteaba que solo quienes sean herederos mencionados en un testamento deberían estar exentos, lo que llevó a discrepancias entre los ministros. La discusión se centró en la distinción entre la designación administrativa de beneficiarios y el proceso civil de herencia.

A pesar de la oposición, la mayoría argumentó que la forma administrativa de la designación no debería suponer una carga adicional en términos fiscales. Sin embargo, hubo voces críticas que señalaron la necesidad de una revisión más amplia sobre el concepto de gravamen y la equidad en el sistema tributario.

¿Qué sigue tras esta decisión?

La decisión de la Corte establece jurisprudencia que deberá ser seguida por los tribunales mexicanos. Giovanni Figueroa, uno de los ministros, se comprometió a presentar un nuevo proyecto basado en esta resolución que amplíe el debate sobre el tratamiento fiscal en herencias y sucursales como Afores.

Con información de planoinformativo.com

Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial a partir de fuentes citadas. Responsabilidad editorial: Redacción de El Congresista. ¿Detectaste un error? Repórtalo.

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