Ciudad de México, CDMX. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado las normas que establecían la alternancia obligatoria de género en las candidaturas a la gubernatura de Durango y San Luis Potosí. La decisión del pleno del máximo tribunal mexicano indica que tanto los congresos locales como los órganos electorales estatales no tienen competencia para regular de manera imperativa la alternancia de género en la jefatura del Poder Ejecutivo local.
En la sesión, los ministros decidieron sobre acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas electorales de ambas entidades. La SCJN determinó que el principio de paridad de género no permite a las legislaturas estatales imponer esquemas rígidos de rotación de candidatos entre hombres y mujeres para la gubernatura.
El ministro responsable del caso subrayó que el Congreso de la Unión es el único facultado para establecer reglas sobre paridad en cargos unipersonales a nivel federal y estatal. A pesar de que la Constitución establece el principio de paridad, la imposición de alternancia obligatoria entre géneros en el cargo de gobernatura excede las atribuciones de los congresos locales.
La Corte resaltó que los mecanismos de postulación para gubernaturas no pueden restringir la autodeterminación de los partidos políticos. Aunque se invalidaron las normas, los partidos continúan obligados a garantizar la participación equitativa de mujeres en las elecciones gubernamentales.
Las autoridades electorales de Durango y San Luis Potosí deberán modificar sus lineamientos para cumplir con el criterio establecido por la SCJN en cuanto a registros de candidaturas.
Con información de tribunademexico.com

