Ciudad de México. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las funciones de la Armada de México como guardia costera en puertos, al negar un amparo promovido por la empresa Calizas Industriales del Carmen (Calica). La empresa impugnó un oficio de la Armada que requería la entrega de software y accesos al sistema de videovigilancia de una terminal portuaria concesionada.
La unánime decisión del pleno subraya que la Secretaría de Marina (Semar) cuenta con bases legales sólidas conforme a la Ley Orgánica de la Armada. Se refuerza así que no se vulnera el artículo 129 de la Constitución, que establece que, en tiempos de paz, los militares deben realizar solo funciones específicas. El ministro Irving Espinosa Betanzo explicó que, tras la reforma constitucional de 2024, ese artículo no limita las funciones militares exclusivamente a las vinculadas con la disciplina.
La SCJN subrayó la competencia del Congreso para otorgar a la Marina atribuciones relacionadas con el mantenimiento del Estado de Derecho y la protección marítima en zonas costeras y puertos. De igual manera, se determinó que el requerimiento de la Armada no representó una intervención extraordinaria, sino el ejercicio de una atribución regular en el ámbito marítimo.
Por consiguiente, los ministros desestimaron el recurso de Calica, que buscaba revocar la medida impuesta por la Armada.
Con información de eluniversal.com.mx

