Hermosillo, Sonora. – La reciente suspensión de audiencias iniciales en el caso Waldo’s, celebradas los días 24 y 26 de diciembre, ha derivado en la liberación de personas detenidas, una decisión que el asesor jurídico de las víctimas ha calificado como una afectación directa al proceso penal y a los derechos de los afectados.
Ricardo Ballesteros, representante legal de las víctimas, explicó que el aplazamiento de las audiencias provocó que se vencieran los plazos constitucionales de 72 horas sin que se emitiera una resolución de vinculación a proceso. Esta situación obligó legalmente a la liberación de los individuos que se encontraban detenidos.
Ballesteros señaló que este resultado pudo haberse evitado. Argumentó que los imputados tenían el derecho de solicitar la ampliación del término constitucional, lo que habría permitido continuar con el procedimiento judicial sin necesidad de ordenar la excarcelación.
“Cometió una injusticia con las víctimas, les violó los derechos, porque el proceso penal, uno de los principios rectores de la oralidad, es precisamente la continuidad, él no debió haber suspendido esa audiencia”, declaró el asesor jurídico, haciendo referencia a la decisión del juez.
Ballesteros López afirmó que la liberación de los detenidos fue una consecuencia directa de la determinación judicial y consideró que se transgredió el principio de continuidad del proceso penal oral. La resolución también ha generado incertidumbre sobre la posible comparecencia de los imputados a la audiencia programada para enero, ante la falta de garantías de que se presenten voluntariamente.
“Considero que es un juez competente porque supo manejar el proceso, pero la decisión que tomó de suspender el proceso penal en la audiencia incidental, para liberar a los detenidos, creo que fue una mala decisión”, agregó.
En el caso Waldo’s, se emitieron 25 órdenes de aprehensión por delitos como homicidio culposo, aborto e incumplimiento de un deber legal. Inicialmente, solo siete personas fueron detenidas.
El asesor jurídico indicó que se estaba evaluando la posibilidad de acudir ante el Tribunal de Disciplina del Poder Judicial del Estado de Sonora para que se revisara la actuación del juez y se determinara si correspondía la continuidad o sustitución del juzgador en el proceso.
