Ojinaga, Chihuahua. – El Senado de la República reafirmó su postura sobre la citación de gobernadores y fiscales estatales en relación con operativos de seguridad. La facultad de requerir información en este contexto recae exclusivamente en autoridades federales, según la Constitución mexicana.
El posicionamiento se difundió en redes sociales, cuestionando si el Senado tiene la autoridad para convocar a líderes estatales en estos casos. La discusión gira en torno a los operativos que involucran a instancias como el Ejército y la Guardia Nacional, que son coordinados a nivel federal.
El artículo 76 de la Constitución establece que el Senado solo puede citar a Secretarios de Estado y responsables de organismos federales. Cualquier requerimiento de información sobre operativos debe dirigirse a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y a la Fiscalía General de la República (FGR), que son las instituciones competentes en la materia.
La intervención de autoridades estatales en este contexto puede afectar el pacto federal. Citar a un gobernador o fiscal estatal por acciones de seguridad nacional puede invadir la esfera competencial de las entidades federativas, lo que vulneraría la soberanía local y el principio de separación de competencias.
El Senado debe ejercer su función de control político dentro de los márgenes constitucionales. Cualquier requerimiento de información sobre operativos federales debe provenir de las instituciones federales responsables, no de los gobiernos estatales. Citar a autoridades locales en este contexto sería improcedente y desvirtuaría el equilibrio del pacto federal.

