La Suprema Corte limita las facultades de la Fiscalía en temas de privacidad y competencia, reforzando derechos fundamentales y la legalidad en la entidad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo histórico que limita las atribuciones de la Fiscalía Anticorrupción en el estado de Quintana Roo, asegurando que ciertos procedimientos vulneran derechos como la privacidad y la seguridad jurídica. La decisión, tomada por unanimidad, invalida varios artículos de la ley local, incluyendo facultades para solicitar interceptaciones telefónicas y localizar en tiempo real a personas sin las regulaciones adecuadas. Esta resolución responde a una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que argumentaba que dichas facultades excedían las competencias del órgano local y violaban derechos constitucionales.
Es relevante destacar que la Corte también reafirmó la exclusividad del Congreso de la Unión para legislar en materia procesal penal y estableció que los legisladores locales no pueden avanzar en ámbitos que corresponden a la legislación federal. Además, el tribunal anuló disposiciones que establecían sanciones administrativas a servidores públicos sin precisar su gravedad ni las instancias competentes para imponarlas, generando incertidumbre jurídica. La decisión busca fortalecer la protección de derechos fundamentales en la gestión pública y delimitar claramente las competencias entre los órganos federales y estatales, promoviendo un sistema más transparente y respetuoso de los derechos de las personas.
Este fallo refuerza la importancia de que las leyes locales cumplan con los parámetros constitucionales, asegurando un equilibrio entre la lucha contra la corrupción y la protección de las garantías individuales. La resolución ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, dejando sin efecto dichas disposiciones y estableciendo un precedente para futuras reformas en la materia.
