El Congresista
Nacional

Juzgadora compartió afiliaciones sindicales en medio de conflicto laboral

Juzgadora entregó afiliaciones sindicales sin autorización en medio de un proceso de representación, poniendo en riesgo el voto secreto y la protección de derechos laborales.

Por Redacción2 min de lectura
Compartir
Compartir esta nota

Secretaria Instructora del Tribunal Laboral Federal entregó información confidencial de trabajadores sin autorización previa, poniendo en riesgo su voto secreto.

Una decisión de una juzgadora laboral del Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos en Ciudad de México ha generado controversia. El pasado viernes 8 de agosto, la Secretaria Instructora, Juana Dafne Ambris Arroyo, entregó copia de las hojas de afiliación sindical de empleados involucrados en un proceso de titularidad de Contrato Colectivo de Trabajo, sin autorización ni justificación legal.

La entrega se realizó en medio de un conflicto colectivo por la representación sindical, en el que se buscaba determinar la organización que representa a los trabajadores en SEG Automotiva México Manufacturing, S.A. de C.V. La acción fue cuestionada después de que el Secretario General del Sindicato Nacional “Andrés Acosta Rivera”, José Manuel Acosta, solicitara detener la transferencia de afiliaciones, advirtiendo del riesgo de despidos como represalia.

La juzgadora respondió, en una reunión verbal y escrita, que “no se preocupe, si hay trabajadores despedidos ellos podrán votar al momento del recuento”. Esta declaración evidencia una comprensión equivocada del proceso y la protección del voto secreto, establecido en la reforma laboral de 2019, que busca garantizar la libre elección sindical sin intimidaciones ni represalias.

La entrega de afiliaciones sindicales vulnera la confidencialidad y la libertad sindical, derechos protegidos constitucional y legalmente. La información de afiliación, que debe ser resguardada por su carácter personal, fue compartida con la parte contraria sin autorización, lo que contraviene principios básicos de la materia y puede facilitar prácticas de discriminación y coacción.

Además, la defensa de la juzgadora se basó en una interpretación del artículo 77 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que solo aplica a los padrones de socios en registros sindicales, no a las hojas de afiliación en procesos judiciales. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la protección de la identidad sindical debe prevalecer para evitar actos de injerencia.

Este actuar de los juzgadores contraviene los principios de protección a la libertad sindical y el derecho al voto secreto, fundamentales en la legislación laboral mexicana. La omisión de estos derechos en una etapa crucial del proceso puede afectar la legitimidad del recuento y la representatividad sindical.

Por otra parte, la situación refleja una persistente resistencia en algunos sectores judiciales a la plena implementación de la reforma laboral, que busca fortalecer la protección de los derechos de los trabajadores frente a patrones y autoridades.

En otros ámbitos, el 5 de agosto, en una conferencia del Instituto de Posgrado en Derecho, especialistas criticaron el impacto de las reformas laborales recientes en los derechos de los trabajadores, especialmente en el contexto de las plataformas digitales, que consideran un retroceso en la protección laboral.

¿Te gustó esta nota?
Compartir esta nota