La dependencia reafirma que conductores de plataformas como Uber y Didi no cuentan con permisos para ofrecer servicios en los aeropuertos del país, pese a suspensiones judiciales.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró que, aunque la justicia ha otorgado suspensiones para ciertos operativos realizados por las autoridades en aeropuertos, estas medidas no equivalen a una autorización formal para que conductores de plataformas de transporte compartido brinden servicios en esas instalaciones. La resolución judicial busca proteger a los conductores de Uber, Didi y similares de acciones arbitrarias durante las revisiones en las terminales aéreas, pero no significa que dichas aplicaciones tengan permiso legal para operar en estas zonas. La dependencia también enfatizó que los usuarios pueden acceder a servicios de taxis autorizados, turísticos y autobuses establecidos para operar en puntos específicos dentro de los aeropuertos. La autoridad recuerda que la regulación actual requiere que todas las empresas de transporte cuenten con las autorizaciones correspondientes para ofrecer servicios en esas instalaciones, una condición que no cumplen las aplicaciones de movilidad aún en medio de decisiones judiciales favorables.
Este asunto refleja la complejidad del marco regulatorio de las plataformas digitales de transporte en México, donde las leyes buscan equilibrar la innovación con el cumplimiento de permisos y regulación formal, garantizando la seguridad de los usuarios y la legalidad del servicio.
