La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó un acuerdo de la Secretaría de Educación Pública que elimina la reprobación automática de estudiantes en escuelas públicas y privadas por inasistencias o materias no acreditadas. Este acuerdo, vigente desde septiembre de 2023, fue defendido por Lenia Batres Guadarrama, quien destacó su alineación con estándares de calidad y el interés superior de la niñez.
Durante el debate, Batres enfatizó que la excelencia educativa no se limita a la asistencia o calificaciones. La ministra argumentó que el enfoque tradicional es insuficiente y reduccionista para una educación que atiende la diversidad de más de 23 millones de estudiantes en el país. El nuevo modelo educativo reorganiza los planes de estudio y modifica criterios para la evaluación en educación básica.
La normativa elimina el requisito de asistencia mínima para la acreditación de materias, permitiendo una evaluación más integral que no dependa solamente de calificaciones. El objetivo es prevenir la exclusión en el sistema escolar y fomentar un aprendizaje holístico. Los ministros mencionaron que este enfoque está en consonancia con prácticas en países con sistemas educativos innovadores, como Dinamarca y Finlandia.
El Colegio Roble había solicitado un amparo, argumentando que este acuerdo comprometía principios de excelencia académica. Sin embargo, la Suprema Corte reafirmó que los criterios de evaluación actuales son válidos y pertinentes. Hugo Aguilar, presidente de la Corte, puntualizó que la asistencia no siempre refleja el verdadero nivel educativo de un estudiante, ya que las ausencias a veces responden a situaciones familiares o sociales que deben ser atendidas.
Con esta resolución, la SCJN consolidó el marco educativo implementado por la SEP, que prioriza el aprendizaje inclusivo y la promoción de estudiantes en el sistema educativo nacional.
Con información de vanguardia.com.mx

