Ciudad Juárez, Chihuahua. – La discusión sobre la facultad del Senado para citar a gobernadores y fiscales en relación con operativos de seguridad encabezados por fuerzas federales ha cobrado relevancia. Un reciente posicionamiento establece que la responsabilidad recae en autoridades federales y sugiere que las solicitudes de información deben dirigirse a ese nivel de gobierno.
El artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos delimita las facultades exclusivas del Senado, que no incluyen citar a autoridades estatales. Además, el artículo 93 permite convocar solamente a Secretarios de Estado y directores de entidades paraestatales, marcando la limitación del control político del Congreso hacia autoridades federales.
Cuando los operativos en cuestión son coordinados con el Ejército y la Guardia Nacional, la responsabilidad está claramente definida como federal. Las acciones de estas fuerzas dependen del Ejecutivo Federal, y el narcotráfico, como delito federal, es perseguido por la Fiscalía General de la República. Por ello, cualquier requerimiento de información debe ser canalizado a instancias como la Secretaría de la Defensa Nacional y la Fiscalía General de la República.
Citar a un Gobernador o Fiscal estatal en este contexto no solo es improcedente, sino que también vulnera el pacto federal que exige respeto a las competencias diferenciadas. La Federación tiene la autoridad sobre la política de seguridad nacional, y aunque los estados colaboran, no controlan las operaciones federales. El Senado debe ejercer su función de control político dentro del marco constitucional, centrándose en los mandos federales responsables de los operativos discutidos.
La conclusión reafirma que los requerimientos de información en el ámbito de seguridad y narcotráfico deben dirigirse a las autoridades federales competentes, garantizando así el equilibrio del pacto federal y evitando perjudicar la soberanía local.

